La procedencia de la aplicabilidad del estado de emoción violenta en contextos de violencia de género

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2022-11

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Resumen

El fallo seleccionado para la realización del presente comentario es “F., H. R. p.s.a. homicidio doblemente calificado, etc. -Recurso de Casación (SAC XXXX)” de la Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba, dictado en la misma ciudad el día 15 de febrero de 2018. El mismo se encuentra firme y fue recuperado del Compendio de Jurisprudencia de Género del Poder Judicial de Córdoba (2022, p. 33) La relevancia e importancia de su análisis gira alrededor de que el tribunal determina que dentro de un contexto de violencia de género, no puede alegarse que una infidelidad es causal de provocar un estado de emoción violenta en miras de la atenuación de la pena. Por su parte, la selección de la temática responde al interés que despierta el análisis de sentencias dictadas con perspectiva de género en miras del cuidado de los derechos de la mujer.
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Descripción

Palabras clave

Violencia de Género, Comentario a Fallo, Cuestiones de Género

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