Juzgar con perspectiva de género: obligación del estado para garantizar la protección de los derechos de los más vulnerables
Abstract
El fallo emitido por Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Córdoba en
la Sala Penal, el 12 de noviembre de 2020 en la causa “López, A. Q. y otro p.ss.aa.
homicidio calificado por el vínculo - Recurso de Casación” (Resolución N°507/2021 -
Tomo 17 - Folio 5000-5021 – Firmantes: Vocales Lopez Peña, S. C.; Tarditti, A.L.T.,
Caceres de Bollati, M. M. y Sec. Gral. Sosa Lanza Castelli, L.M.), se ha seleccionado
para su análisis puesto que resulta de suma importancia jurídica para la sociedad
argentina, ya que la perspectiva de género aplicada por el Tribunal Superior de Justicia
de la Provincia de Córdoba (en adelante TSJ), al momento de tomar su decisión, fue
notable al integrar el sistema de normas penales a la luz de nuestra Constitución Nacional
a fin de resolver desde la perspectiva de género, primando por, sobre todo, los derechos
fundamentales de las personas.
Cabe destacar que dicho fallo tiene un transcendental aporte en la jurisprudencia
en cuanto al tema de violencia de género, que el profesional deberá tener en cuenta a la
hora de desplegar su actividad profesional, a fin de la pertinente adecuación de su tarea,
a los parámetros que la normativa indica en pos de la protección de los derechos de las
personas, y en el cumplimiento de los compromisos internacionales que nuestro país ha
asumido en materia de violencia de género. DESTACADO
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