La dependencia en la relación laboral
Abstract
Para iniciar, el fallo a analizar será “Repartos Ya S.A. s/ apelación de
resolución administrativa. Expte. N° 49008. Tribunal del Trabajo Nro. 1 de La Plata”
en donde el recurrente Repartos Ya S.A. apela la decisión de la Cámara de Trabajo
de La Plata en donde se le impone una multa millonaria por no tener registrados a sus
trabajadores. Comenzamos por resaltar la gran relevancia social que posee, este es de
los primeros fallos que sientan jurisprudencia sobre los trabajadores para plataformas
digitales que realizan la labor de repartidores, hasta ese momento autónomos, siendo
miles de personas que actualmente en el país trabajan por este medio como Rappi,
Glovo, Pedidos Ya y otros. La relevancia también se ve reflejada en la falta de
legislación sobre el tema, donde hasta el momento ha habido una laguna jurídica al
respecto de la disyuntiva entre ser trabajadores autónomos cumpliendo un contrato de
locación de servicios o si en realidad prevalece un contrato de trabajo encubierto.
Para establecer la problemática del caso debemos introducirnos en la
contrariedad que se le ha impuesto al juez para decidir si se trata de trabajador
autónomo bajo el régimen de locación de servicios o trabajador dependiente bajo el
régimen de la ley de contrato de trabajo. El juez se encuentra ante un claro problema
lingüístico sobre vaguedad, lo que significa que tenemos términos ambiguos en
normas que podrían ser aplicables. Es una problemática que nace con una nueva
modalidad de empleo donde las empresas ofrecen un trabajo que realizar y una
remuneración que abonar sin utilizar el término empleador y empleado ya que como
requerimiento común piden que quien realice la labor esté inscripto en AFIP como
monotributista como trabajador autónomo. DESTACADO
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