Aplicación de oficio de normas con perspectiva de género
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Date
2022-10Author
Barrionuevo Callejón, Marcos Bruno
Abstract
Constantemente las reglas por las cuales se rige la sociedad se van modificando y
se adaptan a las necesidades nacientes en los diferentes contextos sociales. Así, se
evidencia como en la interpretación y aplicación del derecho en las resoluciones judiciales
se ajustan a nuevos cambios de paradigmas, aunque en ocasiones hay disidencia en lo
resuelto por los tribunales con relación a la inclusión del enfoque de género vinculado al
derecho, orientados a defender a los Derechos Humanos, individuales y colectivos. Por
ello, actuar en base a perspectivas de género contribuye a erradicar las desigualdades
dadas por un derecho que nace en un contexto patriarcal.
En este sentido, cuando se presenta un caso como el presente (SUPREMA CORTE
DE JUSTICIA DE MENDOZA, SALA PRIMERA (2019) “AGUIRRE GERARDO EN
J° 1006/10/6F // 13-04639969-7 (017101-436/17) MUÑOZ STELLA C/ DEAMBROSI
ROBERTO P/ NULIDAD P/CONSULTA P/ RECURSO EXTRAORDINARIO
PROVINCIAL”), donde la parte demandada no negó las agresiones que sufrió la parte
actora, pero aún así, no se interpretó el instituto de la nulidad de manera correcta, al obviar
el enfoque de género que es necesario en estos casos, más aún, dadas las pruebas traídas
por la actora en el juicio. Los jueces deben de estar capacitados para detectar contextos
de violencia de género en los procesos judiciales, teniendo en consideración las
recomendaciones adoptadas por el comité para la Eliminación de la Discriminación
contra la mujer "es indispensable que
se capacite a los funcionarios judiciales, los agentes del orden público y otros
funcionarios públicos para que apliquen la Convención” (Art. 24, Inc. B última parte). DESTACADO
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