La importancia de la valoración probatoria con perspectiva de género

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2022-10

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En el mundo laboral, las mujeres cobran menos que los hombres a pesar de ocupar el mismo cargo y tener la misma responsabilidad, así pese a la protección legal tanto nacional como internacional, las cuales condenan el trato desigual el cual deviene en discriminación, el mismo existe. En este sentido la ley 26.485, establece los diferentes tipos de violencia contra las mujeres, mencionando como tales, la violencia de tipo física, psicológica, sexual, económica y patrimonial, y la violencia simbólica. Además hace referencia a violencia laboral entendida como: aquella que discrimina a las mujeres en los ámbitos de trabajo públicos o privados quebrantando el derecho de igual remuneración por igual tarea o función. Asimismo, incluye el hostigamiento psicológico en forma sistemática sobre una determinada trabajadora con el fin de lograr su exclusión laboral (art. 6) Sobre este tema versara la casusa ”Montani Tribio Daniela c/ Tramat S.A. y otros UTE p/ Despido p/ Recurso Extraordinario Provincial” tribunal interviniente la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Mendoza sentencia emitida en el año 2020, en la cual se observa que existe una retribución desproporcionada en relación a la tarea realizada por compañeros en el mismo cargo de gerentes, frente a lo cual la actora se siente agraviada, sumado a los tratos discriminatorios sufridos por sus empleadores, debiendo solicitar licencia por enfermedad con tratamiento psiquiátrico por trastorno ansioso depresivo por estrés laboral, en atención a las recomendaciones efectuadas por personal de la salud todo ello contrariando los principios establecidos en el art 14, 14 bis, 16, 75 inc. 22 de la Constitución Nacional, art 17 de la Ley de Contrato de Trabajo.
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Nota a fallo, Perspectiva de género, Derecho laboral

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