Abstract
El 24 de septiembre de 2020 el tribunal cimero revocó una sentencia de la
sala VI de la cámara nacional de apelaciones del trabajo que había rechazado la
indemnización especial por despido por causa de matrimonio, prevista en el artículo 181
de la ley de contrato de trabajo, por tratarse de un trabajador varón.
Este caso llega a la corte suprema de justicia de la nación (en adelante
CSJN), luego de que el señor Fernando Rodolfo Puig, empleado de la empresa Minera
Santa Cruz, interpusiera una demanda por despido sin invocación de causa, reclamando
la indemnización agravada por despido prevista en el artículo 182 de la ley de contrato
de trabajo (en adelante LCT), ya que al producirse el distracto dentro del plazo
prescripto en la presunción del artículo 181 de la LCT, consideró que su despido había
estado motivado por aquella razón.
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