La perspectiva de género como principio insoslayable en las resoluciones judiciales

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2022-09

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Resumen

La perspectiva de género se posiciona como un umbral ineludible al cual deben acudir los Tribunales a la hora de dictar sentencia, ello se ve reflejado en los reclamos de la sociedad actual que busca la verdadera igualdad entre hombres y mujeres, realidad que no puede ser dejada de lado a la hora de impartir justicia. Este fallo pone de manifiesto lo dicho, en cuanto hace una interpretación de toda la normativa del sistema jurídico teniendo en cuenta el reclamo social imperante, que a la vez es garantizado por diversas normas con jerarquía constitucional. En este caso, nos encontramos ante un problema lógico de los sistemas normativos, más precisamente de contradicción normativa. Ello, en cuanto la Resolución 0087/10 de Apross, al prohibir a las “afiliadas”, es decir las mujeres, que hayan tenido hijos biológicos acudir a las Técnicas de Reproducción Humana Asistida, restringe arbitrariamente numerosos derechos humanos relativos a la salud reproductiva, a la libertad, dignidad, igualdad de trato, a formar una familia, etc., que forman parte de nuestro bloque de constitucionalidad y convencionalidad federal.
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Comentario a Fallo, Perspectiva de Género, Nota a Fallo

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