Abstract
A partír de la modificación de la ley Civil en Argentina se ha cambiado el
termino patria potestad por responsabilidad parental y se refiere a los padres como
progenitores (Repositorio Institucional Corporación Universitaria Adventista, 2019).
En el capitulo V se indican los deberes y derechos de los progenitores, el art
658 expresa que la obligación es de ambos progenitores conforme a su condición y
fortuna aunque el cuidado personal esté a cargo de uno de ellos, el art 659 dice que los
alimentos están constituidos por prestaciones monetarias o en especies y son
proporcionales a la capacidad económica de los obligados y las necesidades del
alimentado, por su parte el art 660 expresa que las tareas cotidianas que realiza el
progenitor que ha asumido el cuidado personal del hijo tiene valor económico y
constituye un aporte a su manutención.