Abstract
El presente trabajo tiene como objetivo el análisis del fallo Corvalán José Darío
c/ Intercórdoba S.A s/ ordinario-art. 212 Ley Contrato de Trabajo (en adelante LCT), de la
Corte Suprema de Justicia de la Nación (en adelante CSJN), donde el eje controversial es la
discusión sobre qué naturaleza jurídica tiene el espacio de tiempo que transcurre desde que
el empleador notifica a su empleado para iniciar los trámites jubilatorios, dependió de dicha
interpretación para así decidir los tribunales y lo que motivó este trabajo. Toda vez que, si en
el plazo mencionado arriba se produce un acontecimiento que impide en forma definitiva que
el empleado se reinstale en su lugar de trabajo por una incapacidad sobreviniente, ¿El vínculo
se extingue por el trámite jubilatorio hecho efectivo o por la causal del art 212 de la Ley de
Contrato de trabajo que establece que en caso de incapacidad absoluta es merecedor de
indemnización?
DESTACADO