Abstract
En el presente trabajo se desarrollará el comentario del fallo “Mamani, Agustín
Pío y otros c/ Estado Provincial -Dirección Provincial de Políticas Ambientales y
Recursos Naturales- y la Empresa Cram S.A. s/ recurso” resuelto por la Corte Suprema
de Justicia de la Nación. En el caso se solicitó, mediante vía de amparo, se declare la
nulidad de dos resoluciones administrativas irregulares-emitidas por la Dirección de
Políticas Ambientales y Recursos Naturales de la provincia de Jujuy- que autorizaron se
proceda al desmonte de numerosas hectáreas de la localidad jujeña de Palma Sola. Estas
resoluciones violentaban la legislación vigente de presupuestos mínimos ambientales:
la Ley General de Ambiente y la Ley de Presupuestos Mínimos de Bosques Nativos. La
Corte resolvió el fondo del asunto y las declaró nulas.
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