Abstract
En el fallo analizado se presenta un problema axiológico, que se manifiesta por la no
aplicación por parte del a quo, de las recomendaciones emanadas de la Convención Belem do
Pará, respecto a la figura de la legítima defensa en el contexto particular de violencia domestica
al que estaba sometida la acusada, entendiendo los magistrados que no se comprobó la agresión
ilegítima previa, sin considerar que muchas veces la violencia domestica no es de sencilla
comprobación, negando la amplitud probatoria emanada del documento internacional. Además,
se refuerza por la no aplicación del principio in dubio pro reo, el cual establece que la duda
razonable será interpretada en favor del acusado.
DESTACADO