La dignidad de las personas en el reclamo por enfermedades profesionales

Fecha

2022-04

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Resumen

En la presente nota a fallo se estudia la resolución de la Cámara Única del Trabajo de la ciudad de Villa María, provincia de Córdoba en los autos caratulados “LUMELLO PATRICIA DEL CARMEN Y OTROS C/ SUPERIOR GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA– ORDINARIO-INCAPACIDAD” (18-06-2020). Este fallo es considerado de gran relevancia atento a que el conflicto gira en torno a una enfermedad profesional respecto de la que se le reclama una indemnización al Gobierno de la Provincia de Córdoba. En este caso, la actora, Patricia del Carmen Lumello, demanda al gobierno mencionado por sufrir una incapacidad del 17% que surgió en el ámbito laboral (decreto firme Comisión Médica de Córdoba marzo de 2016). En la demanda se alega que la provincia no cumple con la normativa vigente de la Ley 24.557, Dec.1694/09 que ordena el pago de las prestaciones dinerarias pero la demandada niega y rechaza adeudar lo invocado por la actora sin demostrar la credibilidad de su postura. En este caso, nos encontramos frente a un problema jurídico axiológico, ya que las condiciones relevantes establecidas por el legislador no son suficientes y existe la necesidad de tomar en consideración otras condiciones; en este caso estamos hablando del estado de salud y progresivo deterioro de la voz de la actora; y a su vez, la falta de actuación del Estado, la violación de las normas y el desamparo de sus empleados.

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Palabras clave

Nota a fallo, Derecho laboral, Enfermedades profesionales

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