El aporte de la mujer en el hogar y su cuantificación económica a la luz de la perspectiva de género
Abstract
El caso bajo análisis fue resuelto por la Cámara Octava de Apelaciones en lo
Civil y Comercial de la ciudad de Córdoba y se caratuló ―V., P. G. c/ F., W. E. –
Ordinario- Otros‖. En el mismo la justicia admitió la demanda de una mujer que
reclamaba a su ex pareja un porcentaje de los inmuebles que éste había adquirido
mientras duró la unión convivencial.
La trascendencia de dicho decisorio se transluce en que el mismo puso de relieve
el hecho de que mientras el demandado se había dedicado a trabajar y a invertir el fruto
de las ganancias obtenidas, la accionante se consagró al cuidado del hijo en común que
tenían y a la realización de las tareas del hogar. Tal valoración puesta en el plano de la
perspectiva de género significó un pleno cambio de concepción jurídica que fue el
factor determinante del favorecimiento de la parte actora a su pedido económico de
liquidación del patrimonio adquirido durante la convivencia.
Este decisorio, al margen de resultar relevante por asumir una evidente
contraposición de tesituras utilizadas para soslayar este tipo de conflictos, significó el trascendental reconocimiento de que, a la hora de valorar cuestiones atinentes a la
división de bienes originados en la convivencia, se debe dar cuantía al valor económico
que representa la labor que desarrolla la mujer en el hogar. DESTACADO
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