Mutuo distracto tácito laboral - Deficiente registración
Abstract
El fallo que se analizará, TSJ Sala Lab. Cba 3/8/20. Sentencia N° 147. Trib. de
origen: C Trab. Sala X Cba. "García Castillo Kimberley c/ Oyeren SRL - Ordinario -
Despido" se emparenta con cuestiones de relevancia jurídica y social. Es que se patentiza
en el mismo la trascendencia social que implica la registración laboral, su ausencia o
deficiencia, especialmente en el marco actual de creciente informalidad, con todas las
consecuencias visibles en la sociedad, como lo son la imposibilidad de acceso al derecho
previsional, obra social, sindicalización y demás derechos sociales consagrados en los arts.
14 y 14 bis de nuestra Constitución Nacional.
La multa ejemplar que impone el fallo por la deficiente registración del vínculo
laboral, tiene como objetivo el decisivo combate contra el trabajo clandestino, el que hoy
resulta un flagelo por cuanto estimula la precariedad y trae aparejada, como más arriba
expusiera, la imposibilidad de ejercer derechos protegidos constitucionalmente. Así
también el fallo avala lo resuelto por el Tribunal a quo, otorgando validez al razonamiento
por el cual se establece el “muto acuerdo tácito” para extinguir la relación laboral.
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