Abstract
En la Nota a Fallo sobre los autos “C. Y. I. M. y C. Y. M. S/DECLARACIÓN JUDICIAL DE
SITUACION DE ADOPTABILIDAD. Cámara N° 2 Civil y Comercial, Sala 2 – Entre Ríos
24 de Febrero de 2021 cita un precedente del
compromiso tomado por nuestro Estado, en condenar, entre otras medidas todas las formas
de violencia en contra de la mujer; destacando que el mismo denota dicho compromiso
desde la óptica de la resolución judicial, a través de la incorporación de la perspectiva de
género a la toma de decisiones judiciales. Además el caso bajo análisis es relevante ya que
sita novedades importantes en materia de Derechos, debido a que en él se puede observar la
aplicación de auténticas medidas de compromiso tomadas por la justicia, en la lucha por la
igualdad real de las mujeres.
En el caso expuesto, se deduce un problema a nivel axiológico, debido a que se
presentan tensiones respecto a principios protección y de interés superior del niño, contra
principios de protección integral a las mujeres.
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