El amparo como herramienta para garantizar el derecho a la igualdad en el trabajo y no discriminación en razón del género
Abstract
El hecho de discriminar es un hecho que entra en consonancia con los
fenómenos de injusticia y de desigualdad. Esto expone el impacto social que tiene la
causa a comentar en virtud de que permite observar cómo suelen actuar algunas
instituciones tradicionales en materia de género y discriminación por este motivo.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió in re “Sisnero, Mirtha
Graciela y Otros c/ Taldelva SRL y otros s/ amparo” (CSJN, 2014) el alcance del
derecho a elegir libremente una profesión o empleo y a no ser discriminado en razón del
género en el proceso de selección para acceder a un empleo. El decisorio se enmarca en
una acción de amparo interpuesta conjuntamente por la señora Mirtha Graciela Sisnero
y por la Fundación Entre Mujeres contra la Sociedad Anónima del Estado del
Transporte Automotor (SAETA), la Autoridad Metropolitana de Transporte (AMT) y
las siete empresas operadoras de transporte público de pasajeros de la ciudad de Salta
ante la no incorporación de mujeres como conductoras en dicho servicio.
El fallo elegido es de suma trascendencia porque en él la Corte Suprema de
Justicia de la Nación sentó un precedente muy importante respecto a los actos y
conductas discriminatorias en el ámbito laboral. Es muy interesante para analizar
porque, como se verá en el derrotero de este comentario, se hallan en juego cuestiones
muy importantes para la vida de muchas mujeres que pretenden acceder a ciertos
puestos de trabajo.
Este decisorio cortesano merece la anotación en tanto permite al lector entender
cómo la jurisprudencia viene colaborando en materia de la tutela efectiva de las
trabajadoras cuando se trata de discriminación en su ámbito laboral. Además, se espera
que del comentario surja el alcance de la resolución. DESTACADO
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