El dilema del artículo 23 de la Ley de Contrato de Trabajo

Fecha

2022-04

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Resumen

En el fallo seleccionado, siendo el mismo “Vila, María Eva C/ ECA S.A. S/ Cobro de Pesos” (Expte. de sala N° 6925), dictado por la Excma. Sala del Trabajo de la Cámara de Apelaciones de Concordia, Provincia de Entre Ríos, en fecha 07/03/2016, se ha observado un problema de relevancia, atento que los magistrados al evaluar la prueba obrante en autos le dieron un valor especial a la presunción del artículo 23 de la Ley de Contrato de Trabajo, cuya normativa había sido valorada pero no aplicada en la instancia anterior. En la sentencia aludida se debatió sobre la existencia del vínculo laboral al que estaba inmersa la actora, en una relación totalmente marginal, basándose en la aplicación del artículo 23 de la L.C.T., el cual hace referencia a la presunción de la existencia del contrato de trabajo, de suma relevancia atento que, sumándole a la desigualdad en las relaciones de poder entre empleadores y trabajadores, se le otorga a éstos últimos la difícil tarea de demostrar la relación laboral, haciéndosele más complejo aún por el alto porcentaje de trabajo informal y despidos que se observan en la actualidad. En lo referido al artículo antedicho se conformaron dos posturas doctrinarias, las cuales se han conocido como postura amplia y postura restringida, las que se diferencian por los requisitos exigidos para poder aplicar la presunción, las cuales serán tratadas a lo largo del presente trabajo
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Derecho laboral, Contrato de trabajo, Nota a fallo

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