Despido por causa de matrimonio al trabajador varón: Análisis al fallo "Puig c/ Minera Santa Cruz S.A."
Date
2022-04Author
Caimari Benentino, Leonardo Daniel
Abstract
En el presente Trabajo Final de Grado llevaremos adelante un exhaustivo
análisis del fallo emanado de la Corte Suprema de Justicia de La Nación en los autos caratulados
“Puig, Fernando Rodolfo c/ Minera Santa Cruz S.A. s/ despido” expte. N° CNT
57589/2012/1/RH1, con fecha 24 de septiembre de 2.020.
El sub lite en cuestión surge cuando Minera Santa Cruz S.A. despide sin causa al Sr.
Puig, Fernando Rodolfo. El actor alega que se trata de un despido por causa de matrimonio,
protección que, al decir de la Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, solo
opera para las mujeres, haciéndose extensible a los hombres, quienes no cuentan con la
presunción, por lo que deben probar que el despido obedece al matrimonio. Circunstancia que
Puig considera discriminatoria. La labor de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (C.S.J.N.)
consiste en decidir si en el presente fallo corresponde aplicar la presunción del despido por
causa de matrimonio en el trabajador varón, regulada en el Título VII, Capitulo III de la Ley de
Contrato de Trabajo (L.C.T.). Dicha sección se denomina “Trabajo de Mujeres”, compuesta por
tres normas que no hacen alusión a la mujer como exclusiva destinataria de su protección.
Es importante el análisis del veredicto dado que, hasta ese momento, la protección del
despido por causa de matrimonio solo se aplicaba en defensa del derecho de las mujeres, en
determinadas circunstancias se extendía a los varones. A partir del sub judice se modifica la
postura de la doctrina plenaria, que regía desde 1.990, generando así un nuevo precedente en la jurisprudencia, poniendo fin a la desigualdad en cuanto a la protección del despido por causa
de matrimonio, de allí su relevancia. DESTACADO
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