La legítima defensa en los casos de violencia de género: Sentencia arbitraria por falta de perspectiva de género
Abstract
En el presente caso llevaremos a cabo un análisis del fallo
número setecientos treinta y tres, con fecha el 3 de Octubre del 2019, dictado por la
Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires, en los autos caratulados “R. C. E., S/
Recurso Extraordinario de Inaplicabilidad de Ley en causa N°63.006 del Tribunal
de Casación Penal, Sala IV"., motivo por el cual La Suprema Corte de Justicia de la
Provincia de Buenos Aires desestimó por inadmisible, el recurso extraordinario de
inaplicabilidad de la ley interpuesto por la defensa de R.C.E contra la sentencia de la Sala
IV del Tribunal de Casación Penal, que rechazo el recurso de casación deducido contra
la condena a dos años de prisión en suspenso por el delito de lesiones graves, impuestas
a R.C.E por el Tribunal en lo Criminal Nº6 de San Isidro. Por todo lo expuesto es que La
Corte Suprema de Justicia de la Nación declara procedente el recurso extraordinario de
la defensa, dejando sin efecto la sentencia apelada. La Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires quien
la condena a R.C.E por el delito de lesiones, su sentencia resultaba arbitraria por cuanto
comprometía la interpretación y aplicación de la Convención Interamericana para
Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Ley Nro. 24.632,
Convención Belém do Pará, 1996) y de la Ley de protección integral para prevenir,
sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres (Ley Nro. 26.485, 2009).
La relevancia del presente fallo es visibilizar y combatir las
problemáticas de lo que implica la violencia de género, en la cual se cometen graves
violaciones a los derechos humanos, tanto a nivel nacional como internacional. En este
fallo podemos evidenciar la falta de aplicabilidad de perspectiva de género por parte de
los jueces en la que están obligados a implementarlas como establece la Ley Micaela (Ley
Nro. 27.499, 2018). Como así también los Tratados Internaciones de Derechos Humanos
que se encuentran incorporados a nuestra Constitución Nacional, a partir de la reforma de
1994. Entre ellos, La convención Internacional sobre la eliminación de todas las formas
de discriminación hacia las mujeres (Ley Nro.23.179, 1985), la Convención
Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer (Ley Nro.
24.632, 1996), entre otros. DESTACADO
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