Abstract
El derecho de trabajo consagrado en nuestra Constitución Nacional y receptado
no solo en la legislación nacional sino internacional, ha ido evolucionando reconociendo
que la igualdad de oportunidades entre todos los ciudadanos sin discriminación alguna.
En la actualidad nuestra Constitución en su art. 75 inc. 22 recepta diversos instrumentos
que obligan a los estados partes a sancionar leyes que condenen cualquier tipo de
conductas que vayan en contra de los sectores más vulnerables de la sociedad. Tal es así
que se reconoce la lucha del género femenino contra las actitudes discriminatorias que
padecen, jerarquizando con rango constitucional la Convención sobre la Eliminación de
todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.