Abstract
En la presente nota a fallo se analiza la sentencia emitida por la Cámara Octava
de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Córdoba en los autos caratulados “C., R. L. C/
C., M. S. - ORDINARIO - COBRO DE PESOS” EXPTE. N°5792045 (2019), en el que
se revocó la sentencia de instancia anterior que ordenaba a la demandada abonar una suma
de dinero en virtud de una cláusula penal inserta en un contrato de comodato gratuito
celebrado con su ex pareja.