Abstract
En el fallo “Puig, Fernando Rodolfo c/ Minera Santa Cruz S.A s/ despido C.S.J.N
24/09/20”, el actor reclamó el pago de la indemnización agravada prevista en el art.182
de la Ley de Contrato de Trabajo (en adelante LCT), por considerar su situación fáctica
bajo las pautas del art. 181 de la misma ley que, ab initio suponía solo el resguardo del
género femenino, por su ubicación en el texto legal y la doctrina derivada de la Cámara
Nacional de Apelaciones del Trabajo en el plenario 272, Drewes, Luis Alberto c/ Coselec
S.A.C s/ Despido de fecha 23 de marzo de 1.990, la cual establecía, que la indemnización
agravada por matrimonio, solo procedería en caso de acreditarse que el despido del
trabajador varón obedeció a esa causa, no siendo procedente la presunción, como lo era
en el caso de las mujeres.