Abstract
La extinción del contrato de Trabajo es entendido como la decisión de una o de
ambas partes de poner fin a la vinculación laboral que los uniera pudiendo dar derecho a
las indemnizaciones que consagra el derecho constitucional, que reside en la protección
contra el despido arbitrario en atención a la ausencia de estabilidad absoluta o propia
dentro del marco del régimen contractual privado y dependiendo de la causal que
generara el motivo extintorio.
Sabido es que el principio que pregona la tutela y protección de trabajador es el
“principio protectorio hacia el trabajador” y desde la introducción a nuestra Carta
Magna del art 14 bis, el trabajador y el salario encuentran protección legal en el ámbito
de los principios y garantías constitucionales. Ello es lo que le otorga la razón de la
existencia del derecho del trabajo.
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