Abstract
En esta oportunidad se examinara el fallo “Sisnero, Mirtha Graciela (en adelante
M.G.S) y otros c. Tadelva S.R.L. y otros s/amparo” donde la Corte Suprema de Justicia
de la Nación (en adelante C.S.J.N) concordante con lo dictaminado por la entonces
Procuradora General de la Nación, hizo lugar a la presentación directa, declaró
procedente el recurso extraordinario de queja y dejó sin efecto la sentencia impugnada
por la Corte de Justicia de Salta.