Abstract
El presente trabajo tiene como finalidad poner en relieve la importancia de contar
como país con un único criterio aplicable en casos de violencia de género, ya que
actualmente nos encontramos con posturas heterogéneos acerca de cómo deben
interpretarse ciertos institutos en concordancia con las obligaciones asumidas por el
Estado respecto de la protección integral de la mujer.
Puntualmente desarrollaré mi investigación tomando como base el fallo “Recurso
extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por Carlos Arturo Altuve -Fiscal- en
causa n° 65184 del Tribunal de Casación Penal, Sala II, y su acumulada 124669”.
DESTACADO