Contradicción entre artículo 31 de Ley 23.551 y principios de pluralidad sindical y no exclusión

Fecha

2021-11

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Resumen

En el presente trabajo se analizará el fallo dictado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en autos caratulados: “ADEMUS y otros c/ Municipalidad de la Ciudad de Salta – y otro s/ amparo sindical”, en fecha 03 de septiembre de 2020. La importancia de su análisis radica en la trascendencia jurisprudencial que tendrá este fallo para el futuro. Es decir, en el mismo se establece que el derecho colectivo sindical no sólo tiene como principal objetivo proteger y reconocer los derechos que le corresponden a los gremios, sea que tengan o no personería gremial, sino que, además, su principal función es garantizar la libertad del trabajador a elegir el sindicato al cual quiera estar representado. En razón de ello, la importancia está dada en un doble aspecto que es desarrollado en el fallo, más precisamente, en el voto disidente, y que son sus características primordiales: es decir, por un lado, se desarrolla lo pertinente al amparo que les corresponde a los gremios que carecen de personería gremial, para lograr intervenir en negociaciones colectivas. Y, por otro lugar, se menciona la protección que debe otorgarse al trabajador, para conseguir que sea representado por un gremio que realmente defienda sus intereses.

Descripción

Palabras clave

Derecho laboral, Modelo sindical

Citación

Colecciones