Abstract
Un análisis del fallo C.S.J.N. (2 de julio de 2020) “Asociación Civil Protecc. Ambiental
del Río Paraná Ctrol. Contam. y Restauración del Hábitat y otro c/ Carboquímica
del Paraná S.A. y otro s/ incidente de medida cautelar” evidencia un importante precedente y guía jurisprudencial para
la resolución de casos donde el bien jurídico protegido sea el medio ambiente, ya que se
reafirma la preeminencia de los derechos colectivos por sobre los derechos individuales.
Asimismo, la Corte se refiere a la importancia de que los Estudios de Impacto Ambiental
sean realizados previo a la ejecución de cualquier obra, como presupuesto mínimo de
orden público, para el ejercicio de una actividad potencialmente dañosa
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