La interjurisdiccionalidad del daño como requisito para atribuir competencia federal en derecho ambiental
Abstract
El fallo “Fernández, Miguel Ángel s/ infracción ley 24.051”,nos coloca frente a
una realidad insoslayable conectada con la temática del medio ambiente y su cuidado o la
falta del mismo.
En el fallo que se analiza se advierte un problema de prueba vinculado con la
indeterminación de la existencia de un hecho no probado que es indispensable para la
resolución de la causa. Ello es así en virtud de que la determinación de la procedencia de la
competencia federal, dependía de poder probar que el daño se había expandido más allá de
la jurisdicción de la provincia de Buenos aires. En este tipo de problemática jurídica se
conoce cuál es la norma aplicable y las propiedades relevantes de ella, pero, por la
dificultad probatoria en la temática ambiental, se dificulta conocer con convicción
suficiente si existe, o en qué medida existe, la premisa fáctica del silogismo jurídico
abstracto que forma la sentencia.
La Corte resuelve el conflicto planteado con una hermenéutica que nos indicara la
valoración de algunos tipos de prueba y de los hechos delimitados por la temática, apelando
a una exégesis sistémica, holística e integrada, a través de un criterio amplio acorde a los
nuevos paradigmas ambientales que se están desarrollando en la actualidad.
Cuando se trata del medio ambiente ningún cuidado será excesivo y cualquier
dilación en la toma de decisiones y medidas para evitar daños o aminorar los ya producidos
puede resultar en una consecuencia no deseada. En el caso que se analiza, la Corte Suprema
de Justicia nuevamente debe resolver sobre una cuestión de competencia, reiterando su ya
conocida postura sobre la procedencia de la competencia federal cuando se trata de un
problema en el cual se constata la interjurisdiccionalidad del daño.
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