Abstract
La presente nota tiene por objeto analizar el camino ha tomado la Justicia
Neuquina en relación a la actividad de extracción de hidrocarburos mediante fractura
hidráulica. El mismo se vislumbrará a través del fallo de Tribunal Superior de Justicia de
Neuquén (En adelante TSJ) en expediente N° 6840/2017, caratulado “Fiscalía de Estado
de la Provincia de Neuquén c/ Municipalidad de Vista Alegre s/ Acción de
inconstitucionalidad”, en el cual el máximo tribunal se expide sobre la validez de una
ordenanza municipal que prohíbe una actividad habilitada por la provincia. La relevancia
de su estudio yace en los efectos jurídicos mediatos que acarrea lo resuelto por el mismo
respecto a la delimitación de competencias ambientales. Determinando las facultades que
ostentará cada nivel del estado en relación a la regulación de presupuestos mínimos de
protección ambiental, dentro del territorio y la materia que le concierne.