Abstract
El fallo que se analiza, pronunciado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación
marca un hito en la protección del medio ambiente al dejar sin efecto una sentencia del
Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos considerándola arbitraria por no haber
respetado la normativa ambiental vigente en el país, a la vez que no advirtió la gravedad
institucional que su decisorio significaba ya que el mismo desprotegía los humedales de
Gualeguaychú.
Sin dudas, el cuidado del medio ambiente no admite a esta altura del Siglo XXI
ningún tipo de especulación ni retardo en la toma de decisiones por lo que deviene
imperativo, tanto para las autoridades estatales cuanto para la sociedad en su conjunto y
para sus integrantes de manera individual, el cumplimiento estricto de la normativa vigente.