Abstract
Con la reforma constitucional del año 1994 se incorpora a nuestro ordenamiento
jurídico los derechos de tercera generación, también llamados difusos o de incidencia
colectiva, introduciendo en el art. 41° de la Constitución Nacional (en adelante C.N.), el
derecho al medio ambiente, el cual, reconoce el derecho colectivo de todos los
habitantes a una tutela ambiental en resguardo del patrimonio natural y cultural de las
generaciones presentes y futuras.