Autonomía de las provincias sobre sus recursos naturales y un análisis del fallo CEMINCOR y otra c/Superior Gobierno de la Provincia de Córdoba.
Date
2020Author
Patiño, Rubén Adolfo
Abstract
En nuestro país se comienza a ponderar la protección del medio ambiente con la reforma
de la constitución nacional de 1.994, al verse los efectos negativos, que la contaminación ha
producido en él. Se incorpora a la ley suprema, el Art.N°41, a través de cuya disposición queda
incorporado en su tercer párrafo: "Corresponde a la Nación dictar las normas que contengan los
presupuestos mínimos de protección, y a las provincias, las necesarias para complementarlas, sin
que aquellas alteren las jurisdicciones locales”. Las facultades concurrentes de la Nación con las
provincias, en materia ambiental. De esta forma el código de minería regula la actividad en todo
el territorio nacional, y en la provincia de Córdoba la ley N°9.526. Cabe destacar que toda
actividad minera a cielo abierto, consiste en la utilización de: explosivos para la remoción del
suelo a gran escala, y también el empleo de sustancias químicas, como el cianuro, el mercurio y
algunos otros en grandes cantidades, utilizado para la separación del mineral metalífero, del resto
del material removido, llegando a contaminar napas de agua, ríos, dañando la flora y fauna, las
poblaciones y el microclima etc. con consecuencias a corto y largo plazo, sin olvidar las grandes
cantidades de residuos que generan.
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