Abstract
La elección e importancia de este fallo radica en que una vez más la Corte
desestima totalmente la necesidad del agotamiento de la vía administrativa, obsoleta, por
imperio y habilitación del amparo, a través de diferentes artículos de nuestro
ordenamiento jurídico que en los conflictos relativos al ambiente, donde existe la
posibilidad de un daño ambiental inminente e irreversible, habilita el remedio del amparo
como vía de acceso principal, ya que en nuestra legislación actual no existe otra vía
judicial más idónea para estos casos de suma relevancia y de una necesidad imperiosa de
solución inmediata.