Abstract
En el caso planteado, la actora solicitó una medida cautelar con el objeto de que se
ordene la suspensión inmediata de la actividad llevada a cabo en los yacimientos mineros
denominados “bajo la Alumbrera y bajo el Durazno”, ambos ubicados en terrenos de su
propiedad en la localidad de Andalgala, provincia de Catamarca. Solicitó esta medida hasta
tanto se realicen los informes periciales in situ para medir el alcance de la contaminación y
degradación del medio ambiente producido por las filtraciones originadas en el dique Colas
y hasta que la demandada acredite haber cumplido con la contratación de un seguro de
cobertura para garantizar el financiamiento de la recomposición del daño, según lo dispone
el art 221
de la Ley No25675. El planteo presentado por los recurrentes, más allá de ser un
daño producido a la actora como propietaria, se extiende a toda la comunidad que vive en la
zona.