Abstract
El fallo “Majul Julio Jesús c/ Municipalidad de Puerto General Belgrano y otros
s/ acción de amparo ambiental”1
objeto de análisis; abordado por la Corte Suprema de
Justicia de la Nación, en adelante CSJN, denota la importancia que posee el Estado a la
hora de obrar. Por lo que se genera un daño ambiental colectivo mediante las
autorizaciones que fueron dictadas por la Municipalidad de Gualegauychú y la Scretaría
de Ambiente de la provincia de Entre Ríos, con el fin de que la empresa Altos de
Unzué lleve adelante la confección de un barrio náutico que genera un daño de difícil
reparación.
DESTACADO