Abstract
El tema que se abordará en la presente nota a fallo es el medio ambiente, este es un
derecho fundamental receptado en el art. 43 de la Constitución Nacional, y comprende no
sólo el derecho de las generaciones presentes, sino también de las futuras a gozar de un
medio ambiente sano, donde la prevención de los daños se torna indispensable a los fines
de cumplir la manda constitucional. Este derecho implica un deber de parte, no sólo de las
autoridades sino de todos los habitantes de preservar el medio ambiente como así también
evitar su daño. Si este daño ambiental eventualmente se produjera, debe ser reparado y
recompensado.
DESTACADO