Abstract
La acción de amparo fue incorporada con la reforma constitucional de 1994,
permitiendo así, defender con mayor vigor los derechos fundamentales. En el art.43 de
nuestra carta magna, se establece que: Cualquier persona puede entablar acción de
amparo, siempre que no exista otro medio judicial más idóneo, contra todo acto u omisión
de autoridades públicas o de particulares, que en forma actual o inminente lesione,
restrinja, altere o amenace, con arbitrariedad o ilegalidad manifiesta, derechos y garantías
reconocidos por esta Constitución, un tratado o una ley (Constitución Nacional Argentina,
1994).
DESTACADO