Abstract
El medio ambiente ocupa hoy un lugar de preponderancia en la agenda global con un
tratamiento diferencial y profundo, por lo que nuestra Constitución Nacional (CN en
adelante) lo ha incorporado como un bien jurídico inalienable1 ubicándose en posición de
garante de su tutela.
En el fallo “Papel Prensa S.A. c/Estado Nacional s/acción meramente declarativa”
objeto de nuestro análisis, no solo se han puesto en juego reglas y principios sino que también
se dejó expuesta una controversia de absoluta actualidad. En el devenir de la causa se
entrecruzan intereses sectoriales, gubernamentales, ambientales y económicos y como
consecuencia de ello, la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN en adelante) debió
contribuir a la concordia y equilibrio de intereses contrapuestos en pos del desarrollo de la
Nación.