Abstract
En la presente nota a fallo se abordará el análisis del fallo “Speedagro S.R.L. C/ Comuna de Arequito -Recurso Contencioso Administrativo- S/ Queja por Denegación del Recurso de Inconstitucionalidad”, aquí se verá como la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe hace prevalecer el derecho a un medio ambiente sano haciendo operativo el principio precautorio y el principio in dubio pro natura, por no tener la certeza necesaria sobre si los productos que la empresa Speedagro S.R.L. quiere seguir comercializando, causan o no un daño al medio ambiente.