Abstract
La reforma constitucional de 1994, incorpora en forma explícita la protección
del ambiente mediante la inclusión del art. 411 de dicho cuerpo normativo, lo que
resulta esencial para la propia existencia de los seres humanos, máxime teniendo en
cuenta que dicho bien jurídico es limitado y su excesivo aprovechamiento genera daños
irreparables así como su agotamiento irreversible, influyendo directamente en la salud y
calidad de vida de las personas.