Abstract
En la última reforma de nuestra Carta Magna del año 1994, se han incorporado
los llamados derechos de tercera generación, entre ellos se destaca la tutela del medio
ambiente, la cual queda plasmada en el artículo 41. En el mismo se le garantiza a todos
los habitantes el derecho a gozar de un ambiente sano, como también apto para el
desarrollo humano, destacando que las actividades productivas deben satisfacer las
necesidades de las generaciones presentes, pero sin comprometer la de generaciones
futuras.
DESTACADO