Abstract
Este trabajo reporta como objetivo conocer los límites que tiene el Poder
Legislativo Nacional en materia de presupuestos mínimos de protección ambiental. El
estudio fue de tipo descriptivo y con enfoque cualitativo. Se halló del análisis del material
bibliográfico que doctrinarios y juristas tuvieron opiniones contrapuestas acerca del alcance
que tiene el Estado para intervenir legislativamente en materia ambiental. Los resultados de
la investigación demostraron que el criterio predominante y que fue seguido por los
tribunales es el que asevera que el Congreso Nacional tiene las facultades para dictar la
legislación mínima en materia de medio ambiente y las provincias podrán dictar las normas
complementarias. En otras palabras, los presupuestos mínimos de protección ambiental sólo
pueden ser establecidos por el Congreso nacional, las provincias podrán aumentar esas
normas pero nunca disminuirlas.