“Comercialización ilegal de caza de fauna silvestre en Buenos Aires”

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2020

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Resumen

El presente trabajo de investigación tuvo por objetivo analizar a quién y en qué circunstancias corresponde la competencia del delito de caza de animales de fauna silvestre cuya comercialización está prohibida o vedada por la autoridad jurisdiccional de aplicación, con base en Ley 22.421 de Conservación de la Fauna. Para ello se abordó, mediante la metodología de tipo descriptivo, bajo un enfoque cualititativo y utilizando fuentes documentales (normativas), bibliográficas y jurisprudenciales, la determinación del carácter nacional/federal dado por la mencionada ley, estableciendo la posibilidad de considerarla una ley de presupuestos mínimos. Así mismo, se determinó si la CSJN al entender en materia ambiental implicaría una intromisión en las competencias jurisdiccionales provinciales. Los resultados mostraron que, si bien la ley no estableció la competencia federal, el alcance de los bienes jurídicos incorporados en ella importa un interés nacional a tratar en el fuero de la CSJN y, que esta entienda en el asunto, no prevé una intromisión sobre las jurisdicción local. Los casos judicializados determinaron la interjurisdiccionalidad de los delitos acaecidos confirmando la competencia federal frente a los delitos que incorpora la ley aunque la doctrina siga sosteniendo que la competencia es provincial siendo esta la regla y la federal la excepción. Así mismo, se desentrañó que la Ley 22.421 puede ser considerada una ley de presupuestos mínimos, eficiente y pionera en materia ambiental.

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