Protocolo de aborto. Ampliación del aborto a través de una Resolución Ministerial
Date
2020Author
Venchiarutti, Claudio
Abstract
Las excusas absolutorias del art. 86 inc 2 del Código Penal resultan manifiestamente inconstitucionales ante textos explícitos que amparan de modo irrestricto a la persona por nacer desde el instante de su concepción. En las mismas se establece la finalidad eugenésica del aborto incompatible con el sistema jurídico argentino. Por eso, en un fallo reciente, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha recordado que “el derecho a la vida es el primer derecho natural de la persona humana, preexistente a toda legislación positiva, y que resulta garantizado por la Constitución Nacional.
Siendo las excusas absolutorias inconstitucionales por ser contrarias a derechos constitucionales protegidos por nuestra Carta Magna, de ningún modo pueden ser utilizadas como fundamento de reglamentaciones administrativas que tienen como fin reglamentar derechos para modificar derechos constitucionales protegidos por nuestra Constitución Nacional. El presente trabajo tendrá como objetivo determinar si el “Protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción legal del embarazo” se trata de la reglamentación de un derecho correspondiente a un grupo de mujeres o de una guía hospitalaria que se sirve de las excusas absolutorias del artículo 86 del Código Penal, para modificar derechos fundamentales que no pudieron lograrse por el Congreso de la Nación.
Collections
The following license files are associated with this item: