Derecho a la sindicalización de la policía de Buenos Aires.
Abstract
Todos los funcionarios estatales en la Argentina cuentan con garantías para el ejercicio de sus derechos laborales, de acuerdo a normativas que podemos encontrar en nuestra ley suprema. No obstante, este reconocimiento en el caso de las fuerzas policiales, se ve coartado porque les es negado contar con un sindicato que negocie y proteja sus intereses laborales, es decir, contar con un convenio colectivo de trabajo que regule su actividad y salario.
En virtud de instrumentos internacionales, referidos a derechos humanos, que la Argentina incorporo a su legislación y del artículo 14 bis de la Constitucional Nacional, es otorgado el derecho a todo trabajador a sindicalizarse sin hacer distinción de la labor que realiza. El no cumplimiento de estas normas, vulnera derechos constitucionalmente protegidos, para lo cual indagamos con cuales garantías cuenta el policía para defender sus derechos laborales.
La presente investigación hará foco en estos conceptos para determinar si se afectaría algún principio constitucional en caso de negar a las fuerzas policiales que se agremien en el marco del ordenamiento jurídico argentino vigente y los fundamentos jurídicos con los que cuenta el Estado para privar al policía de acceder a un sindicato.
Collections
The following license files are associated with this item: