Inconstitucionalidad de la Fusión de las Compañías Cablevisión S.A. y Telecom Argentina S.A.
Abstract
La autorización para operar en la prestación de servicios multiproducto y cuádruple play tuvo un camino de espera en el cual el ente contralor Ente Nacional de Comunicaciones
debió analizar el tema para autorizar la fusión. Posteriormente el expediente debió ser revisado por la Comisión Nacional de Defensa de la competencia. Esta última es una entidad autárquica y descentralizada dependiente de la Secretaría de Comercio de la Nación cuyo fin principal es la promoción de la competencia y la evitación de concentraciones económicas y prácticas anticompetitivas en el mercado nacional. Pero surge el siguiente cuestionamiento ¿La fusión/absorción de las compañías Telecom y Cablevisión fue autorizada bajo condiciones de concordancia y correcta aplicabilidad de la normativa administrativa y constitucional vigente?
De los datos de esta investigación surge que la autorización de esta fusión careció de un estudio profundo y responsable dado que son compañías que poseen amplio alcance con los servicios que brindan de comunicación, transmisión de datos e información. El foco principal del análisis de la autorización de fusión debió estar alineado fundamentalmente a la protección constitucional de los derechos hacia la información y principalmente a que no se distorsione o altere la competencia en la prestación de estos servicios.
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