Participación de la víctima constituida como Querellante en el proceso penal de la Provincia del Chaco, Ley N° 965-N (Antes Ley N° 45389.)
Abstract
En el presente trabajo se realizó un análisis del planteo de un problema jurídico, partiendo de las críticas de la doctrina a la constitución en querellante del ofendido basada en su presunta inconstitucionalidad al generarse en consecuencia de su aplicación un conflicto de garantías constitucionales entre las partes, siendo de fundamental importancia analizar la conveniencia o no en su aplicación y los argumentos que avalan la vigencia de este instituto.
A pesar que el Código Procesal Penal de la Provincia del Chaco no incorpora en su cuerpo legal las nuevas facultades reconocidas al querellante particular, como si lo hace la normativa de forma de otras provincias, la figura del querellante particular tiene específico anclaje constitucional y numerosos fallos internacionales sientan precedente al respecto, por lo que en la actualidad la institución del querellante particular en el proceso penal goza en virtud de ello de facultades antes negada a dicha parte.
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