La capacidad procesal de los niños, niñas y adolescentes y su correlato con el art. N°26 del Código Civil y Comercial de nuestro país.
Abstract
Este ensayo, no está dirigido a proponer un proyecto de reforma del régimen de la capacidad de los menores existente en nuestro país, facultad propia del cuerpo legislativo, sino que es su objeto principal, brindar un conocimiento cabal de la regulación de la capacidad de ejercicio en los procesos de los niños, niñas y adolescentes, conforme la legislación de orden federal en el marco de la legislación supranacional.
El niño como sujeto de derecho, produce consecuencias en su actuación en el ámbito administrativo y judicial, lo que implica que tiene autonomía progresiva, y que debe ser oído y considerada su opinión cuando se tome una decisión que lo afecte, de acuerdo con su edad y grado de madurez suficiente. Conceptos imprecisos y vagos, que necesariamente deben ser definidos por los operadores jurídicos, al presentarse frente a ellos una laguna legal, entrando en colisión con algunas instituciones tradicionales del derecho civil como la capacidad y la patria potestad.
En el presente, se brindará al lector un completo desarrollo del régimen de la capacidad de ejercicio de los menores, analizando cada una de sus aristas, el estado actual de la cuestión y la posición adoptada por el nuestro máximo tribunal y por la doctrina. Sus objetivos principales van a estar acordes al análisis del ordenamiento civil actual y se elaborarán criterios objetivos y subjetivos para garantizar la participación de los menores en torno a los procesos que lo afecten, como modo de ejercer el derecho a ser oído y la garantía de acceso a la justicia, reconocidos constitucionalmente por nuestro país.
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