La prescripción de la acción penal en los delitos sexuales. Un análisis de la ley N° 27.206 y la garantía constitucional de la irretroactividad de la ley penal.
Abstract
El Trabajo Final de Graduación abordará el instituto de la prescripción de la acción penal en los delitos sexuales, por lo tanto, se deberá efectuar un análisis de la Ley Nº 27.206 y la garantía constitucional de la irretroactividad de la ley penal. En consecuencia, la última modificación del Código Penal de la Nacion en lo referente a la “prescripción de la acción penal en los delitos sexuales”, llevada a cabo a través de la Ley Nº 27.206 (B.O. 10/11/2015) ha suscitado una incertidumbre desde el plano dogmático penal y esto fue reflejado (o se observó) en la jurisprudencia argentina. El Estado argentino ha trazado una política criminal para no dejar impunes delitos sexuales, más aun, cuando sus víctimas son menores de edad. Al mismo tiempo, nuestra legislación debe ajustarse a la Convención sobre los Derechos del Niño, haciendo valer en todos los casos el “interés superior del niño” (art. 3, CDN), situación que se contrapone intuitivamente con los principios constitucionales del derecho penal, específicamente el principio de legalidad y como derivación del postulado de la “irretroactividad de la ley penal”. En consecuencia, la importancia del tema encuentra su punto más neurálgico en determinar en qué supuestos y condiciones se aplica la prescripción de la acción penal a raíz de la modificación del Código Penal a través de la Ley Nº 27.206 en relación con los delitos sexuales y teniendo en cuenta la garantía constitucional de la “irretroactividad de la ley penal” como garantía constitucional del imputado.
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