La colación como acción protectora de los legitimarios en el marco del ordenamiento jurídico argentino.
Abstract
La protección de los legitimarios busca limitar la autonomía de la voluntad del causante en el ámbito del proceso sucesorio con el fin de proteger los derechos que le asisten a los herederos forzosos, los cuales no pueden ser privados sin una causa justa contemplada previamente en nuestro ordenamiento jurídico. Esta autonomía, entendida como la facultad reconocida al testador al momento de decidir el destino de sus bienes, es la que encuentra precisamente un límite en el orden público, esto es, las normas que tutelan a la familia como base fundamental de la sociedad y el estado.
Es importante destacar que la finalidad del presente trabajo será analizar a fondo la figura propuesta como herramienta para desenmascarar situaciones ilegítimas que implican una defraudación a la ley, por parte del donante quien pretende beneficiar a unos en detrimento de otros y consecuencia atentar contra la cohesión familiar.
La circunstancia por la cual la legítima se torna imperativa en el llamamiento que la ley hace en el proceso sucesorio, surge con el fin de tutelar el interés familiar, con fundamento en el deber de solidaridad entre sus miembros.
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